La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que no hay impedimento legal para subrogar gastos cuando un derechohabiente sea atendido en el extranjero, como consecuencia de negligencia médica en el propio Instituto.
IMSS puede subrogar atención en el extranjero: SCJN
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que no hay impedimento legal para subrogar gastos cuando un derechohabiente sea atendido en el extranjero, como consecuencia de negligencia médica en el propio Instituto.
