Castiga con penas de seis meses a dos años de prisión, a quien ultraje a la autoridad. Los togados establecieron que la norma es ilegítima al conceder dos amparos.
Inconstitucional, artículo 287 de Código Penal del DF: SCJN
Castiga con penas de seis meses a dos años de prisión, a quien ultraje a la autoridad. Los togados establecieron que la norma es ilegítima al conceder dos amparos.
