Trabajadores del Estado pueden jubilarse a los 55: SCJN

Al analizar la constitucionalidad del artículo 66 de la Ley del ISSSTE, vigente hasta el 31 de marzo de 2007, la sala estableció que se debe respetar la edad establecida en dicha norma y no los 60 años que fijó la legislación vigente.

Al analizar la constitucionalidad del artículo 66 de la Ley del ISSSTE, vigente hasta el 31 de marzo de 2007, la sala estableció que se debe respetar la edad establecida en dicha norma y no los 60 años que fijó la legislación vigente.