Invalida SCJN tres artículos del Código Penal de Coahuila
En sus textos no se especificaba el tipo de sanción que se impondría a quien cometiera algunos delitos.
En sus textos no se especificaba el tipo de sanción que se impondría a quien cometiera algunos delitos.
El Instituto señaló que dicha medida “significaría un retroceso en materia de procuración e impartición de justicia para las mujeres y las niñas”.
La Corte resolvió un recurso de la CNDH contra el artículo 298 del Código Penal de Sinala por estimar que limitaba un derecho ciudadano.
Los ministros de la SCJN señalaron que lo estipulado en el texto ya estaba contemplado, en el artículo 158 del código penal local.
Castigaban a quienes manejaran un vehículo bajo los efectos del alcohol o alguna droga, cuando cometieran “otra infracción a la normatividad en materia de tránsito y transporte”.