Inegi obligado a transparentar datos: SCJN
La Suprema Corte determinó que el Inegi no puede segmentar información pública y tendrá que acatar resoluciones del Inai.
La Suprema Corte determinó que el Inegi no puede segmentar información pública y tendrá que acatar resoluciones del Inai.
En votación dividida, magistrados aprobaron que toda información relativa al manejo e instalaciones de plantas petroquímicas, almacenes y ductos de este tipo de energéticos sea clasificada como de seguridad nacional.
Corren tiempos de transparencia y de máxima supervisión de nuestro actuar por la sociedad civil, resaltó el ministro de la SJCN.
Además, en materia de acceso a la información y protección de datos personales, a efecto de que subsanen vicios en sus respectivas legislaciones.
La Corte determinó que no es requisito contar con un título profesional en derecho o en una carrera relacionada con las ciencias sociales.